ARCA controlará las transferencias bancarias desde octubre: estos son los nuevos topes

A partir de octubre de 2025, ARCA pondrá la lupa sobre operaciones bancarias y billeteras virtuales. El organismo también actualizará los límites cada seis meses según el IPC.

Redacción El Nacionalista

La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comenzará a controlar de forma automática las transferencias bancarias y operaciones financieras de alto monto desde octubre de 2025. Así lo establece la Resolución General 5512/2024, que dispone una actualización semestral de los topes basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC.

El nuevo sistema aplicará para personas físicas y jurídicas que realicen movimientos por fuera de sus ingresos habituales, sin respaldo documental claro. En esos casos, ARCA podrá solicitar comprobantes o declaraciones juradas que justifiquen el origen del dinero. De no hacerlo, las operaciones podrían quedar retenidas o derivar en sanciones.

Cuándo ARCA puede pedir información:

  • Transferencias o acreditaciones: Se controlarán montos superiores a $50.000.000 (personas físicas) y $30.000.000 (personas jurídicas). Antes era desde $2 millones.

  • Extracciones en efectivo: Ahora se monitorean a partir de $10.000.000. Antes se informaban desde cualquier monto.

  • Saldos bancarios mensuales: Se considerarán aquellos superiores a $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.

  • Plazos fijos: Los límites se elevan a $100.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).

  • Transferencias en billeteras virtuales: Idénticos topes: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.

  • Tenencias en sociedades de bolsa: Se aplicará el control desde $100.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).

  • Compras de consumidor final: Se podrán hacer compras de hasta $10.000.000 sin necesidad de justificar. Antes el límite era de $250.000 en efectivo y $400.000 con otros medios.

  • Pagos: Se controlarán cuando superen los $50.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).

Entre la documentación que ARCA podrá requerir se incluyen: recibos de sueldo, facturas, boletos de compraventa, comprobantes de préstamos, declaraciones juradas y certificaciones contables.

El objetivo de la medida es asegurar que los fondos movilizados tengan un origen lícito y que el contribuyente esté al día con sus obligaciones fiscales. Cualquier movimiento bancario que no guarde relación con los ingresos habituales podrá ser observado por el organismo.

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