La discusión que terminó en un terrible crimen: condenaron al acusado a 20 años

Carlos Cardozo fue condenado por asesinar de una puñalada a Juan Iván Miranda, de 27 años, en un violento episodio ocurrido en 2023. El joven intervino para proteger a su madre en medio de una agresión.

Redacción El Nacionalista

Un brutal caso de violencia terminó con una dura condena judicial. Un hombre recibió 20 años de prisión por haber asesinado al hijo de su pareja, un joven de 27 años que intentó defender a su madre durante una violenta discusión.

La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral Nº 1, integrado por los jueces Facundo Gómez Urso, María Paula Soulé y Pablo Viñas, que hallaron culpable a Carlos Cardozo por el crimen de Juan Iván Miranda.

De acuerdo a lo informado por medios de Mar del Plata, los magistrados encuadraron el hecho como homicidio simple y descartaron la figura de femicidio vinculado, que había sido impulsada por la Fiscalía Nº 4. Para los jueces, no se logró acreditar ese agravante en los términos planteados durante la acusación.

Cómo fue el ataque

El crimen ocurrió en febrero de 2023, en un contexto marcado por hechos de violencia de género. Según se reconstruyó durante el juicio, Cardozo mantuvo una discusión con su pareja y llegó a agredirla físicamente.

En medio de esa escena apareció Juan Iván Miranda, hijo de la mujer de una relación anterior, quien salió a defenderla. El joven, que tenía retraso madurativo, intentó intervenir para frenar el ataque y comenzó a forcejear con el agresor.

Fue en ese momento cuando Cardozo le asestó una puñalada en la zona intercostal izquierda. Tras herirlo, escapó del lugar, mientras la víctima era trasladada de urgencia al Hospital Interzonal General de Agudos.

Si bien los médicos lograron estabilizarlo y permaneció internado durante varias semanas, su cuadro de salud se agravó con el paso de los días. Finalmente, murió el 28 de febrero de 2023, casi un mes después del ataque.

La investigación y la condena

La investigación fue llevada adelante por la fiscal Andrea Gómez y, durante el juicio, estuvo representada por Constanza Mandagarán. Días después del hecho, Cardozo fue localizado en una obra en construcción en Zárate, donde terminó siendo detenido.

En un primer momento, la causa había sido iniciada como homicidio en grado de tentativa, pero tras la muerte de Miranda, la fiscalía solicitó que el acusado fuera juzgado por femicidio vinculado. Sin embargo, el tribunal finalmente resolvió condenarlo por homicidio simple y fijó una pena de 20 años de cárcel.

Cardozo escuchó el fallo desde la Unidad Penal de Batán, donde está alojado desde hace tres años y donde seguirá cumpliendo la condena.

Las pruebas que complicaron al acusado

Uno de los elementos clave del juicio fue una grabación tomada por una cámara del Centro de Operaciones y Monitoreo. Aunque la filmación tenía baja calidad y fue registrada desde lejos, permitió reconstruir parte del recorrido previo al crimen.

Según el análisis judicial, primero hubo un enfrentamiento en una plaza cercana a la vivienda. Después de ese episodio, Miranda y su madre se alejaron, pero Cardozo volvió a buscarlos y los alcanzó otra vez cerca del domicilio. Para los jueces, ese dato fue central porque mostró que fue el acusado quien retomó la agresión.

También tuvo fuerte peso el testimonio de Patricia Miranda, madre de la víctima. La mujer relató que había sido golpeada por Cardozo y que su hijo intervino para defenderla. Luego contó que, tras el episodio en la plaza, el hombre volvió a alcanzarlos y atacó a Juan Iván con un cuchillo.

Los magistrados consideraron que su declaración fue firme, coherente y respaldada por otras pruebas y testimonios. Además, remarcaron que la víctima estaba desarmada al momento del ataque.

Por ese motivo, el tribunal rechazó el argumento de la defensa oficial, que había planteado que Cardozo actuó en legítima defensa. Los jueces entendieron que, aun si existió un forcejeo previo, el imputado respondió con un arma blanca y apuntó a una zona vital del cuerpo.

También se tuvo en cuenta que en la relación entre Cardozo y Patricia ya habían existido episodios violentos antes del crimen. Sin embargo, el tribunal entendió que no había pruebas suficientes para aplicar el agravante por violencia de género y por eso mantuvo la calificación de homicidio simple.

En los fundamentos del fallo, los jueces concluyeron que Cardozo era el único que estaba armado y que la víctima no representaba un peligro equivalente. Esa diferencia, sumada a la persecución posterior y al nuevo ataque, terminó sellando la condena.

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