Ya podes pedir el préstamo $400 mil para trabajadores: como obtenerlo

Cómo es la línea de créditos que podrá devolverse hasta en 48 cuotas y con una tasa del 50%. Quiénes pueden acceder y cuáles son los requisitos.

Este jueves 7 de septiembre entró en vigencia la medida que crea los préstamos subsidiados de $400.000 mil para trabajadores y trabajadoras del sector privado. A una tasa del 50%, podrán devolverse en hasta 48 cuotas si se cumplen una serie de condiciones, como la imposibilidad de acceder a la compra de dólares.

Se trata de una extensión de los Créditos de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) para jubilados y pensionados, dado que ahora los aportantes y futuros beneficiarios del sistema podrán solicitar también el dinero extra pagadero en hasta 48 cuotas.

En el decreto reglamentario, N°463/2023, se modifica el reglamento de los créditos SIPA a jubilados y pensionados para incluir también a los aportantes a este sistema, con una inversión del 20% del FGS para los primeros y del 5% para estos últimos.

De esta manera, "se destinarán $ 450.000 millones para el financiamiento de la línea de créditos establecida para las trabajadoras y los trabajadores aportantes al SIPA".

Los préstamos llegan hasta $400.000 a pagarse en 24, 36 o 48 cuotas mensuales y consecutivas con una Tasa Nominal Anual (TNA) del 50% sin importar el plazo de amortización. De esta manera, se trata de créditos que resultan convenientes teniendo en cuenta la inflación que está en torno al 115% anual.

Entre los considerandos del decreto, el Gobierno explica que "resulta necesario actuar con celeridad y decisión para implementar medidas que alivien el actual contexto económico desafiante que afecta sensiblemente a las trabajadoras y los trabajadores".

Que hace falta para poder sacar el crédito

1) Encontrarse en relación de dependencia y contar con remuneración que, al momento de la solicitud del crédito, sea inferior a la base imponible para el impuesto a las Ganancias.

2) Residir en forma permanente en el país.

3) Tener una antigüedad mínima de 6 meses continuos con el mismo empleador.

4) Ser titular de una tarjeta bancaria donde el tomador perciba su remuneración mensual.

5) A la fecha del pago del préstamo, no tener la edad de jubilación, o sea, 65 años para hombres y 60 para mujeres.

6) No superar la "Situación 2", según la categoría de la Central de Deudores que publica el Banco Central (BCRA): es decir, estar "observado" por deudas con el sistema financiero.

7) No ser beneficiario o beneficiaria de jubilación y/o pensión con línea de crédito vigente dentro del Programa "Crédito Anses".

8) Por otro lado, advierten que hay un limitante en torno al destino del préstamo: "no podrán acceder al mercado de cambios a los fines de la obtención de divisas" (dólares) hasta la cancelación total del crédito.

Asimismo, la relación cuota-ingreso no puede superar el 20 % del salario bruto mensual.

Cómo se devuelven

Los préstamos se pueden cancelar en 24, 36 y 48 cuotas mensuales y consecutivas.

Para el pago de la primera cuota, el trabajador gozará de un plazo de gracia de hasta 3 meses "según la fecha de otorgamiento del crédito en función del día de cobro de la remuneración".

Si el trabajador entrara en mora, la Anses podrá debitar todo importe adeudado de las cuentas bancarias que posea el tomador "aún en descubierto y sin interpelación alguna".

Finalmente, cabe destacar que los préstamos estarán garantizados por Anses a través del FGS, mediante la contratación de las pólizas de seguros con Nación Seguros S.A.

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